LA ULTRAACTIVIDAD DE LAS NORMAS COLECTIVAS Y LA ADPF 323

Autores/as

  • Joaquim Ribeiro de Souza Junior

DOI:

https://doi.org/10.56238/sevened2026.013-004

Palabras clave:

Negociación Colectiva, Ultraactividad, ADPF 323, Súmula 277, Seguridad Jurídica

Resumen

Este artículo examina el debate brasileño sobre la ultraactividad de las normas colectivas, entendida como la subsistencia de los efectos de cláusulas convencionales tras el término de vigencia del instrumento, hasta la celebración de un nuevo acuerdo. A partir de la evolución jurisprudencial del Tribunal Superior del Trabajo —especialmente la reinterpretación de la Súmula 277—, se analizan los argumentos que buscaron evitar vacíos normativos en períodos de impasse negocial y, al mismo tiempo, las críticas relativas a la legalidad, la reserva de ley, la separación de poderes, la seguridad jurídica y la dinámica de incentivos en la negociación colectiva. En ese marco, se aborda la ADPF 323, en la cual el Supremo Tribunal Federal declaró inconstitucional la ultraactividad automática derivada de la referida súmula, reconfigurando el equilibrio entre continuidad protectora y temporalidad de las pactaciones. Finalmente, se discuten las repercusiones prácticas de la decisión, en especial respecto de la efectividad de los derechos sociales y de la autonomía colectiva en escenarios de desigualdad estructural, indicando posibles alternativas institucionales para mitigar discontinuidades sin desfigurar la negociación periódica.

Publicado

2026-02-21

Cómo citar

de Souza Junior, J. R. (2026). LA ULTRAACTIVIDAD DE LAS NORMAS COLECTIVAS Y LA ADPF 323. Seven Editora, 66-77. https://doi.org/10.56238/sevened2026.013-004