REGULACIÓN DE LOS CONGLOMERADOS EMPRESARIALES EN CHILE: UNA DESCRIPCIÓN NORMATIVA Y DOCTRINARIA
Palabras clave:
Conglomerado Empresarial, Empresas Subsidiarias, Delitos Económicos, Libre Competencia, Planificación FiscalResumen
La actual situación económica de Chile muestra que los conglomerados empresariales, también denominados holding, representan una fuerte base en el desarrollo económico del país. Estos grupos de empresas implican vínculos en la propiedad y gestión, aunque cada empresa coligada tiene su propia personería jurídica. Así, estas distintas sociedades independientes jurídicamente, actúan administrativamente bajo la dirección estratégica de una entidad central, llamada empresa matriz. Los objetivos de la investigación se refieren a: [1] conceptualizar a los conglomerados empresariales en Chile; [2] identificar y describir los distintos tipos de vínculos que definen el precepto de conglomerado empresarial en Chile; [3] describir y analizar las normas económicas, financieras, laborales y tributarias aplicables a los conglomerados empresariales en Chile. Este estudio se define como una investi¬gación cualitativa, descriptiva y situacional. La metodología aplicada se estructura a través de un diseño no experimental, desde una perspectiva cualitativa y se aplican las técnicas de análisis documental y de contenidos. Los resultados alcanzados muestran que la figura jurídica de sociedades anónimas es la base de la estructuración y relación de estos grupos de concentración económica, que las normas jurídicas chilenas condicionan fuertemente el accionar de los conglomerados empresariales, pero puede actuar libremente en sus aspectos corporativos, en la medida que sus actos estén dentro del marco legal vigente. Las conclusiones principales señalan que existe un conglomerado empresarial cuando un grupo de empresas tienen una estructuración societaria de empresa matriz y empresas subordinadas, con propósitos comunes y unidad de gestión empresarial. En lo tributario la norma reconoce como válida la Planificación Fiscal, pero el ente fiscalizador puede calificar el actuar de las empresas como actos abusivos o de simulación. En lo financiero, los actos prohibidos son las operaciones entre empresas y personas relacionadas y lo exigible es la transparencia en la entrega de información corporativa. En lo económico, FNA no solo actúa según los ilícitos explicitados en las normas, sino que también tiene la facultad para calificar como contraria a la libre competencia, cualquier estrategia de un conglomerado que potencialmente pueda producir consecuencias negativas en los mercados.
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Derechos de autor 2025 María Cristina Donetch Ulloa, Ricardo Méndez Romero, Nicolás Haro Paillán

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